martes, 24 de noviembre de 2009

Pierde Calderón ante SCJN asignacion de frecuencias de radio y TV

Pierde Calderón ante SCJN asignacion de frecuencias de radio y TV
*Resolucitivo obliga a Cofetel asignarlas
Lino Javier Calderón  

La Suprema Corte de Justicia de la Nacion (SCJN), resolvió que las asignaciones de las frecuencias de Radio y televisión, serán a signadas por la Comisión Federal de Telecomunicaciones (COFETEL), toda vez que la Ley Federal de Radio y Televisión establece que esta facultad es exclusiva de esta. Con esta resolución, el presidente Felipe Calderón pierde el juicio que inició en su contra la Cámara de Diputados por el control de la asignación de las frecuencias de radiodifusión, que incluyen a la radio y la televisión.
En ese sentido las concesiones y permisos en materia de Radio y Televisión, también será asignadas por la COFETEL.
Asimismo los ministros, invalidaron que la Dirección General de Política de telecomunicaciones y de Radiodifusión auxilie al Secretario del ramo en el ejercicio de sus atribuciones para fijar, conducir y controlar la política de la Secretaría en materia de radiodifusión.
La resolución se dio con ocho votos contra dos, y el Pleno de la SCJN  determinó que el Presidente de la República, Felipe Calderón, se excedió en sus atribuciones al darle estas facultades, mediante un reglamento, al secretario de Comunicaciones y Transportes, que, por ley, le corresponden a la COFETEL.
La SCJN, declaró como inconstitucional también que el secretario de la SCT otorgue concesiones y permisos en materia de radiodifusión, resuelva, en su caso, sobre su prorroga, referendo o modificación y que declare administrativamente la caducidad, nulidad y recesión o revocación de las concesiones y permisos en la materia.
Los ministros precisaron que con base en diversos preceptos de la Ley Federal de Telecomunicaciones y de la Ley Federal de Radio y Televisión, se desprende que en materia de radiodifusión, las facultades pertenecen de manera exclusiva, a la COFETEL, mismas que le fueron otorgadas por el Congreso de la Unión, en el ejercicio de sus facultades en materia de vías generales de comunicación.
Así, el Alto Tribunal, terminó por resolver una controversia constitucional promovida por la Cámara de Diputados, que impugnó la validez de diversos artículos del reglamento interior de la SCT, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 8 de enero del año en curso, ya que adujo, contravienen a la Carta Magna.
Por otra parte, el plano de la SCJN, validó que la coordinación de la Sociedad de la Información y el Conocimiento sea responsable de los programas, recursos, convenios y compromisos adquiridos y por adquirir, nacionales y de carácter federal y externos de carácter internacional referentes a la sociedad.
Finalmente, los ministros confirmaron que la COFETEL es el órgano administrativo desconcentrado de la SCT, con autonomía técnica, operativa, de gasto y gestión, encargado de regular, promover y supervisar el desarrollo eficiente y la cobertura social amplia de las telecomunicaciones y la radiodifusión en México, y tendrá autonomía plena para dictar sus resoluciones.




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